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Ampliación de Obligatoriedad para Pequeños Contribuyentes

90 días de prórroga para adherirse al sistema de facturación electrónica (FEL).

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Este 31 de marzo del 2023, se dio a conocer mediante el diario de Centro América la Resolución SAT-DSI-400-2023, que resuelve en el Artículo 1. La ampliación del plazo de incorporación al Régimen de Factura Electrónica en Línea -FEL- a las personas individuales y jurídicas que se encuentran registradas en el Régimen de Pequeño Contribuyente, conforme al decreto Número 27-92 del Congreso de la República, Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Deberán iniciar con la emisión de sus Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) a más tardar el 1 de julio de 2023, debiendo para el efecto cumplir con lo establecido en el Acuerdo de Directorio Número 13-2018, Régimen de Factura Electrónica FEL y demás disposiciones aplicables. 

A partir del 1 de julio de 2023, las autorizaciones vigentes de otros medios o formas de emisión de documentos tributarios y las autorizaciones para emitir facturas u otros documentos con (NIT) y/o nombre en blanco del receptor quedarán sin efecto.

Artículo 2. La presente resolución empezará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Considerando

Que la Superintendencia de Administración tributaria, conforme lo establecido en el Artículo 29 ¨A¨  del Decreto Número 27-92, Ley del IVA, está facultada para calificar contribuyentes para utilizar el Régimen FEL, para lo cual emite la Resolución  sat-dsi-1350-2022, en la que se resuelve la incorporación al Régimen de Factura Electrónica en Línea -FEL- a las personas individuales y jurídicas que se encuentren registradas bajo el Régimen de Pequeño Contribuyente. A más tardar el 31 de marzo 2023.

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